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domingo, 12 de febrero de 2012

SISTEMA DE AMORTIZACIÓN DE LOS ELEMENTOS DEL ACTIVO NO CORRIENTE

INVERSIONES INICIALES EN ACTIVO NO CORRIENTE

PROCESO DE PRODUCCIÓN

A continuación mostramos los procesos productivos en la elaboración de jabones, velas y el proceso de servicio de recogida:

Elaboración de jabones


Explicación completa
El aceite que recibamos de los particulares, se filtrará y se almacenará en un bidón, luego ese aceite se llevará a la amasadora y se le añadirá la sosa caústica, sal, colorante y esencia y la amasadora irá removiendo la mezcla durante 2 horas en una misma dirección. La mezcla se depositará en moldes rectangulares para el aceite en pastilla, para el aceite líquido variarán las cantidades de la mezcla y de esta forma no se solidificará en el reposo y se verterá la mezcla en las botellas de 250 ml, 500 ml y 1 litro. El jabón en pastilla estará en reposo 7 días para que alcance la dureza óptima, mientras que el jabón líquido necesitará 10 días de reposo. Una vez terminado el reposo de cada producto, se desmoldará el jabón en pastilla con un desmoldante y se meterá en una pequeña bolsa y se le pondrá la correspondiente etiqueta a mano. El jabón líquido, se etiquetará a mano. Los productos se irán almacenando en cajas y éstas se trasladarán en el camión de la empresa hasta el establecimiento en el centro de la población para proceder a su venta.

Elaboración de velas

Explicación completa
El aceite que recibamos de los particulares, se filtrará y se almacenará en un bidón. La parafina sólida se depositará en un calentador, aproximadamente 30 minutos, para alcanzar la temperatura de 84o y así transformarse en líquida. Posteriormente se mezclará con el aceite, colorante y la esencia y se verterá en los moldes, la mecha pasará por un palo hueco y una vez vertida la mezcla en el molde de silicona se extraerá y la mecha quedará en el interior de la vela. La vela estará en reposo durante 1 día, sobre todo para que la parafina solidifique bien, se desmoldará extrayendo el molde de silicona sin necesidad de desmoldante y se guardará en una bolsa pequeña y se le añadirá la etiquita a mano. Después se almacenarán en cajas y posteriormente se trasladarán en el camión de la empresa hasta el establecimiento en el centro de la población para proceder a su venta.

Proceso servicio de recogida

Explicación completa
Se pondrá a disposición de las empresas que opten por contratar nuestro servicio de recogida y destrucción de documentos, tres tipos de contenedores (Papel, cartón, Plásticos y envases). El servicio de recogida podrá ser semanal, quincenal o mensual, eligiendo la empresa el plazo de recogida. El pago, siendo indiferente la periodicidad de recogida, será mensual. Además, los particulares también nos pueden traer papel, cartón, plásticos y envases, a cambio de recibir una tarjeta de descuento con la que obtendrán 5 descuentos en diferentes establecimientos de la localidad.
El camión de la empresa recogerá los contenedores y los llevará al almacén. Allí se almacenarán en los correspondientes apartados dentro de la nave para su posterior gestión. El papel y cartón se triturarán en una destructora industrial que compactará los restos en balas. Se emitirá un documento acreditativo de que los documentos se han destruido. Las balas serán pesadas en la báscula industrial y se almacenarán en pales. Los plásticos y envases, se separarán y se pesarán en la báscula industrial. Las balas de papel y cartón, y los plásticos y envases ya clasificados se cargarán en el camión y se transportarán a la planta de reciclaje de Almagro.
TALLER PARA APRENDER A ELABORAR JABÓN NATURAL CON ACEITE DOMÉSTICO USADO
Serán talleres para que la gente interesada, aprenda a realizar jabón en pastilla a partir del aceite doméstico usado.
Se impartirá mensualmente, generalmente los sábados de 10 a 14 horas. Los grupos de taller serán de 8 personas y el precio será de 30 € IVA incluido.
En el establecimiento habrá un espacio reservado para el taller, provisto de un tablón y dos borriquetas. A cada persona que participe en el taller se le proporcionará aceite usado doméstico, agua, sosa caústica y sal. Contrataremos a un monitor especializado ajeno a la empresa para la realización del taller, que les explicará paso a paso la realización del jabón, les hará conocer las proporciones y les ayudará a mover la mezcla correctamente. Posteriormente dispondrán de moldes para darle su toque personal.

sábado, 11 de febrero de 2012

Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.

El 11 de febrero se ha publicado en el BOE:

Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.


Los 20 puntos más importantes de la reforma laboral:

1) Desaparece el despido de 45 días y se aplicará desde ya los 33. Incluso para los que tenían 45 se cuenta como 33 desde la entrada en vigor.

2) Las empresas con tres trimestres seguidos de caída de ingresos podrán despedir con 20 días como máximo. En una crisis, eso son casi todas.

3) Formación: se habilitará una cuenta para cada trabajador y se impulsa el contrato de aprendizaje para jóvenes, extensible hasta los 30 años.

4) Aparece el contrato indefinido para las empresas de menos de 50 trabajadores, con especiales ventajas para los jóvenes.

5) Se amplían las bonificaciones en las cuotas sociales para contratación de jóvenes y mayores de 45 años durante tres años.

6) A partir del 31 de diciembre de 2012 se recuperará la prohibición de encadenar contratos temporales más de dos años.

7) Los contratos de tiempo parcial se podrán utilizar para horas extraordinarias y no sólo para formación de jóvenes o complemento de jornada.

8) Se regula el teletrabajo: tendrán los mismos derechos que los presenciales y deberán ser informados de las vacantes que haya.

9) Habrá más capacidad de movilidad geográfica, con condiciones objetivas para seleccionar a los que no tengan cargas familiares.

10) Los empresarios podrán modificar la jornada con mayor margen, tanto en horario como en sistema de rendimiento. ¿Adiós a las horas extra?

11) Queda eliminada la autorización administrativa necesaria para poder ejecutar expedientes de regulación de empleo (ERES o ERTES).

12) El trabajador no pierde el paro que haya cobrado durante un ERTE si no han sido más de 180 días. Vuelve a recuperarlos si la empresa cierra.

13) Los convenios de empresa tendrán prioridad sobre los de sector y el bloqueo de una negociación no podrá durar más de dos años.

14) Un empresario podrá despedir a un trabajador por causa objetiva (el modelo de 20 días por crisis) sin autorización previa.

15) El Fondo de Garantía Social sólo cubrirá la extinción de los contratos por despidos procedentes en pymes.

16) Sigue adelante el modelo austríaco para el sistema de paro (un fondo personal para cada uno), aunque no será antes de 2013.

17)
Respecto a las jubilaciones anticipadas mantiene la norma de que las empresas con beneficios deberán soportar parte del coste.

18) Los parados podrán realizar "servicios de interés general en beneficio de la comunidad". ¿Vuelve el voluntariado obligatorio?

19) Ya no habrá vinculación del absentismo del trabajador con la media de la empresa. Prima la cifra personal.

20) Las mutuas de trabajo se encargarán de la evaluación de la incapacidad temporal.

Si quieres ver el Texto íntegro de la Reforma:

lunes, 6 de febrero de 2012

AYUDAS A COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES

Centra sus objetivos este Programa en establecer ayudas económicas para promover la creación de Cooperativas y Sociedades Laborales; incentivar la incorporación de socios/as trabajadores/as como instrumento de generación de puestos de trabajo estables y de calidad; apoyar las inversiones de modernización de instalaciones, maquinaria, etc.; y para potenciar procesos de mejora de la competitividad y de apertura de nuevos mercados interiores e internacionales.

Las ayudas a las Cooperativas y Sociedades Laborales de Castilla-La Mancha se rigen por las Disposiciones contenidas en el Decreto 142/2009, por el que se regulan subvenciones para promover la creación, el desarrollo y la competitividad de las Empresas de Economía Social de Castilla-La Mancha y para la generación de empleo.

Una Cooperativa es, en síntesis, una sociedad de capital variable, estructura y gestión democrática, constituida por personas físicas o jurídicas, que, a través de una actividad económica y social lícita, prestan servicios y satisfacen necesidades en interés de una comunidad, al tiempo que sirven de instrumento para la consecución de aspiraciones económicas y sociales, mediante una empresa conjunta.
Una Sociedad Laboral es, en resumen, una sociedad anónima o de responsabilidad limitada en las que la mayoría del capital social es propiedad de trabajadores/as que presten en ellas servicios retribuidos en forma personal y directa, cuya relación laboral lo es por tiempo indefinido.

Dentro de este Programa, se arbitra un conjunto de ayudas económicas cuyo dilatado itinerario se inicia ya en la propia constitución de la sociedad, pasando por el fomento del empleo estable a través de subvenciones a la incorporación de desempleados/as y trabajadores/as eventuales como socios/as trabajadores/as, pasando por incentivos económicos dirigidos a promover la realización de inversiones que contribuyan a la creación, consolidación y mejora de instalaciones, maquinaria, etc., al tiempo que impulsen procesos y actuaciones tendentes a la mejora de la comercialización en sus distintas vertientes y de la competitividad.

• En materia de ayudas económicas a la incorporación de personas desempleadas como socios/as trabajadores/as a Cooperativas o Sociedades Laborales cabe destacar que las mismas van dirigidas a distintos colectivos: personas desempleadas menores de 25 años, mayores de 45 años, de larga duración, personas desempleadas en situación de exclusión social, personas con discapacidad, etc. El montante de las ayudas varía en función del grupo en el que se encuadren las personas desempleadas, y oscila entre los 3.000,00 y los 10.000,00 euros por persona.

Entre las obligaciones que conlleva la concesión de este ayudas se encuentran las de mantener, al menos durante tres años, como socio/a trabajador/a a la persona por la que se concedió la ayuda o a sustituirlo en caso de baja, y a mantener igualmente, en este caso durante por lo menos cinco años, la forma jurídica de la entidad beneficiaria.

• Las ayudas económicas establecidas para la promoción y el desarrollo de las Cooperativas o Sociedades Laborales de Castilla-La Mancha por la Consejería de Trabajo y Empleo abarcan cuatro pilares básicos: la promoción y el empleo; la inversión; la mejora de la competitividad; y el fomento de la comercialización.

A grandes rasgos puede señalarse que la cuantía de las ayudas está en función del gasto aprobado y del porcentaje de subvención que se aplique al mismo. Este porcentaje puede llegar al 50% del gasto aprobado, tal es el caso de las subvenciones en materia de competitividad y comercialización.
En los supuestos de ayudas económicas a la inversión, se establecen dos tipos de ayudas: ayudas a la inversión en su modalidad general, en las que la subvención puede alcanzar hasta el 35% del gasto aprobado; y ayudas a la inversión dirigidas al fomento de la creación de Cooperativas o Sociedades Laborales formadas por mujeres, en las que la subvención puede alcanzar el 60% del importe de la inversión aprobada, consistiendo en una subvención directa a fondo perdido de hasta el 35% del gasto aprobado, y el 25% restante a devolver anualmente en el plazo de tres años, sin devengo de intereses. Las ayudas económicas a la inversión ascienden a un máximo de 901.000,00 euros)

El afán por promover la creación de puestos de trabajo también impregna las actuaciones dirigidas a la promoción y el desarrollo de las Cooperativas y Sociedades Laborales de Castilla-La Mancha. A este respecto cabe señalar las ayudas previstas a la generación de puestos de trabajo, que tienen como destinatarios también a personas desempleadas que se incorporen como socios/as de trabajo, con ayudas por persona de 3.606,00 euros.

ENLACES DE AYUDA:
Fuente: www.jccm.es